Presentación

Un grupo de amigos decidimos, hace ya algunos años, ampliar nuestros conocimientos creando, para ello, la que se denominó “ACADEMIA DE LAS CIENCIAS”. Se entendió que, lejos de encerrarse en un pequeño mundo, era conveniente ampliar miras tanto en los temas a tratar como en las personas especializadas en los mismos.

Esta organización tiene, entre sus objetivos, ampliar conocimientos y generar opinión sobre los más variados temas.

El 19 de octubre de 1990, quedamos inscritos como “ACADEMIA DE LAS CIENCIAS” en el Registro de Asociaciones Culturales del Gobierno Vasco.

Tras celebrarse a lo largo del año 2010 el XX Aniversario de su fundación, los asistentes a los diferentes actos, acordaron la creación de este blog mediante el cual desean dejar constancia de las personas que han asistido y facilitar la participación de los/as interesados/as a través de sus opiniones sobre cada uno de los temas tratados.

Deseamos animaros a participar en este Blog y, por supuesto, a disfrutar de las nuevas ponencias de nuestros invitados y como siempre estarán en la vanguardia de la noticia.

viernes, 22 de abril de 2011

D. Ildefonso Sanz Tabuena - Otros Aspectos de la república

República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de las personas que tienen mayor poder, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de gobernar mediante la representación (democracia representativo) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía. Muchas definiciones, como la de Encyclopaedia Britanica de 1922, resaltan también la importancia de la autonomía y del Derecho (incluyendo los derechos humanos) como partes fundamentales para una república. No debe confundirse república con democracia, pues aluden a principios distintos, la república es el gobierno de la ley mientras que democracia significa el gobierno de la mayoría, del griego, Dimokratía (Demos (Pueblo) y Kratos (Estado, refiriéndose a soberanía en este caso).

Tradicionalmente, se ha definido la república como la forma de gobierno de los países en los que el pueblo tiene la soberanía o facultad para el ejercicio del poder, aunque sea delegado por el pueblo soberano en gobernantes que elige de un modo u otro. En la práctica suele pensarse que la forma de estado de un país es la monarquía si tiene rey, y república si no lo tiene. Lo cierto es que una república está fundamentada en el "imperio de la ley" y no en el "imperio de los hombres". Una república es, de este modo, un sistema institucional independiente de los vaivenes políticos, incompatible con tiranías y monarquías, y en la cual tanto los gobernantes como los gobernados se someten por igual a un conjunto de principios fundamentales normalmente establecidos en una constitución.

"Un montón de gente no es una república" Aristóteles.

Y la constitución, de ser apegada al Derecho, sirve para protegerlo y definir incluso qué leyes son buenas y cuáles malas en el marco de referencia constitucional.

El desconocimiento de estos principios clásicos en el mundo moderno lentamente ha conducido a muchos a expresarse en términos de "repúblicas democráticas" o "repúblicas islámicas", sin considerar la contradicción que tales frases contienen.

Son elementos comunes que participan del contenido de la definición tradicional que la cultura occidental ha elaborado del concepto "República":

1.-la periodicidad en los cargos;
2.-la publicidad de los actos de gobierno, no es posible el secreto de Estado; 3.-la responsabilidad de políticos y funcionarios públicos;
4.- la separación y control entre los poderes;
5.- la soberanía de la ley;
6.- el ejercicio de la ciudadanía, quien pone y depone;
7.- la práctica del respeto, y no la intolerancia, con las ideas opuestas;
8.- la igualdad ante la ley;
9.- la idoneidad como condición de acceso a los cargos públicos.

El Estado, que es el conjunto de instituciones que ejerce su gobierno y aplica sus leyes con soberanía sobre un territorio delimitado, necesita que ese poder de mando ejercido por el gobierno, se halle organizado de algún modo. Así puede ser monárquico o republicano. La República puede estar constituida sobre un Estado espacialmente dividido en territorios autónomos, lo sería una República Federal como el caso de Argentina, o con un poder centralizado sobre todo el territorio del país, lo que constituiría una República Unitaria, como por ejemplo, Uruguay. También pude ser la república, una democracia o una aristocracia, como la república concebida por Platón, que en realidad se llamaba “politeia” donde se aspiraba a que gobiernen los mejores, en una forma donde se entremezclaban rasgos de la democracia con los de la aristocracia.

Existen repúblicas presidencialistas, como el caso de Estados Unidos, Argentina y Ecuador, donde el jefe de Estado y el de Gobierno, elegido por el pueblo, coinciden, y parlamentarias, donde están diferenciadas las funciones del Jefe de Estado y del Jefe de Gobierno, que es elegido por el Parlamento, frente al que es responsable políticamente, como Alemania, Austria, Israel y Grecia.

República proviene del vocablo latino res (cosa) pública, perteneciente al “populus” o pueblo, significando que el poder reside en el pueblo, que lo delega transitoriamente en sus representantes. Esta es una diferencia fundamental con los gobiernos monárquicos donde el soberano tiene carácter vitalicio, y muchas veces, hereditario.

Una característica fundamental del sistema de gobierno republicano es la división de poderes, constitucionalmente establecida, que son usualmente tres, divididos en cuanto a su funciones específicas: un órgano administrador, representado en el Poder Ejecutivo, otro “hacedor de leyes” llamado Poder Legislativo, y otro que tiene la misión de aplicar esas leyes en los casos específicos sometidos a su apreciación, que es el Poder Judicial. La división de poderes ya estuvo propugnada por Montesquieu, como un modo de equilibrar y controlar el poder evitando abusos por parte de quien lo detenta.

Otras características de la República, son: la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos; los gobernantes son responsables ante el pueblo que los eligió, por sus actos de gobierno; y la publicidad de dichos actos, que no deben ser secretos, sino puestos a conocimiento del público para poder ser controlados. Esto se hace a través del Boletín Oficial, los diarios de las sesiones legislativas, o la colección de fallos de la Corte Suprema.

Con el nombre de Segunda República Española se conoce el periodo político de la historia de España comprendido entre el 14 de abril de 1931 (fecha de la proclamación del sistema republicano como forma de organización del Estado en sustitución de la monarquía) al 1 de abril de 1939 (fecha del final de la Guerra Civil española que dio paso a la dictadura del General Franco). El numeral «segunda» obedece a la necesidad de distinguirlo del anterior periodo republicano que hubo, conocido como Primera República Española, que se desarrolló entre 1873 y 1874.

Durante este periodo se llevaron a cabo diversas reformas, como la agraria y la educativa. La Constitución de 1931 fue la primera constitución democrática de España y el país se modernizó en comparación con el entorno europeo. Fue también un período convulso, con varias huelgas y un enfrentamiento muy grave durante la revolución de 1934, cuando la derecha más tradicionalista se propuso modificar todos los avances republicanos y se encontró con una fortísima respuesta social duramente reprimida. En 1936, el golpe de estado de una parte del ejercito con el apoyo de las fuerzas más reaccionarias desembocó en la Guerra Civil Española y el fin de la república.
Vitoria - Gasteiz 07/04/2000  

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